Normativas
Normativas para el acceso a las prestaciones
IMPORTANTE:
Para acceder a las prestaciones, los beneficiarios de la O.S.C.T.C.P. deberán elegir las Clínicas y Sanatorios incluidos en la cartilla de su jurisdicción, teniendo en cuenta el domicilio declarado en la O.S., y presentando la siguiente documentación:
- Credencial de la Obra Social que lo identifica como beneficiario.
- Documento Nacional de Identidad
- Orden de Consulta y/o Práctica. (*)
- Orden original del médico tratante, en los casos que así se necesite
- Autorización de la Obra Social, en los casos que así lo determine.
MODALIDAD DE ATENCIÓN:
Consultas directas:
- Al médico de cabecera o de referencia (médico clínico, pediatra, etc.) o bien, el médico de guardia (urgencias).
- Obstetricia
- Ginecología
- Oftalmología
- Odontología
Con orden de derivación:
- El resto de especialidades médicas que conforman el equipo de atención primaria.