ORDENES DE COSEGUROS RESOL.58 – E/2017
18 de Octubre de 2021 | Beneficiarios, Coseguros
La OSCTCP informa a la población beneficiaria con domicilio en la CIUDAD DE BUENOS AIRES y el GRAN BUENOS AIRES que: a partir del lunes 01 de noviembre del 2021 los Coseguros de Obra Social impresos (color celeste) y Coseguros Electrónicos previamente adquiridos al 04 de octubre de 2021, YA NO SERÁN VÁLIDOS para acceder a los servicios médico-asistenciales: consultas (médicos especialistas, médicos generalistas); prácticas diagnósticas (diagnóstico por imágenes, laboratorio); rehabilitación (kinesiología; fisiatría), los beneficiarios de OSCTCP deberán abonar (en caso de corresponder) al efector (consultorio; clínica; sanatorio; centro de diagnóstico; etc.) el arancel correspondiente al COSEGURO DE OBRA SOCIAL al momento de acceder a la prestación (Resol. 58 – E/2017 MSN).
Los valores a ser abonados para cada tipo de coseguros de Obra Social (Resol. 58 – E/2017 MSN) son los vigentes de acuerdo a lo publicado en BOLETÍN OFICIAL a través de Resolución del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN, dichos valores se encuentran en la Página Web de la OSCTCP:
Link: http://obrasocialuta.com.ar/valores-coseguro.html
Exentos de Abonar Coseguros de Obra Social:
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Beneficiarios con Certificado de Discapacidad.
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Beneficiarios Oncológicos.
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Beneficiarios incluidos en el Plan Materno Infantil (Gestante / Lactante).
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Beneficiarios con HIV / Sida.
Por consultas en la implementación de la normativa vigente comunicarse con el Dpto. de Chequeras y Estadísticas de OSCTCP – Sede Central: consultasbenef@uta.org.ar
COBERTURA PRESTACIONES ODONTOLÓGICAS / OFTALMOLÓGICAS
Link: http://obrasocialuta.com.ar/novedades/cobertura-odontologia-oftalmologia.html
DIRECCIÓN MÉDICA
OSCTCP – Sede Central
Moreno 3037 – CABA